PECULADO, DELITO DE.
No sólo el empleado que maneja fondos puede incurrir en el delito de peculado, sino también los que cooperan en la comisión de éste, ya sea porque presten su ayuda para él, o porque lo preparen o conciban.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/312967-bb370fb4/peculado-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 74/34. Camacho y del Río Fernando. 6 de julio de 1934. Mayoría de tres votos. Disidentes: Enrique Osorno Aguilar y Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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