CONFESION DEL ACUSADO.
La confesión del acusado hace prueba plena, en el Distrito, si reúne los requisitos prevenidos por el artículo 249 del Código de Procedimientos Penales vigente en aquél.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/313309-0da6d10a/confesion-del-acusado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 10802/32. López Cosío Francisco. 7 de diciembre de 1933. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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