ACCION PENAL, EJERCICIO DE LA POR LOS SINDICOS MUNICIPALES.
El artículo 13 de la Ley Orgánica del Ministerio Público Federal, autoriza a los síndicos de los Ayuntamientos para ejercer, por ministerio de la ley, las funciones de aquella institución, en los casos que dicho precepto indica, por lo que su intervención en la averiguación previa de un delito, siendo legítima, no puede considerarse violatoria de garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/313411-7da4487c/accion-penal-ejercicio-de-la-por-los-sindicos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 3581/31. Esparza Angel. 1o. de agosto de 1933. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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