DROGAS HEROICAS, ABUSO DE LAS.
El abuso de las drogas enervantes, no reviste un carácter delictuoso, conforme al Código Penal de 1931, que considera la toxicomanía, no como un delito independiente; sino como uno de los elementos de la infracción que prevé y castiga el artículo 255, y como el mismo código establece que cuando una ley quite a un hecho u omisión el carácter de delito, que otra ley anterior le deba, se pondrá en absoluta libertad a los acusados, a quienes se esté juzgando y a los condenados que se hallen cumpliendo o vayan a cumplir sus condenas y que cesarán de derecho todos los efectos que éstas y los procesos debieran producir en el futuro, es indudable que, desde la vigencia de dicho código, dejaron de tener subsistencia legal los fallos que hayan condenado los toxicómanos y, por tanto, carece de materia el juicio de amparo que contra las mismas sentencias se enderece.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/313697-d97e1ce7/drogas-heroicas-abuso-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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