EXCLUYENTE DE RESPONSABILIDAD CRIMINAL.
El hecho de que el delincuente sea un débil mental, no es circunstancia excluyente de responsabilidad, que sólo debe tenerse en cuenta para la ejecución de la pena impuesta al acusado, conforme a las modalidades establecidas por la ley para esa clase de delincuentes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/313784-e8d47aa7/excluyente-de-responsabilidad-criminal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 4094/30. Moreno Efraín. 4 de febrero de 1932. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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