PARENTESCO.
Si bien es verdad que el medio consagrado por la ley para la comprobación del parentesco, lo constituyen las actas del Registro Civil, tratándose de una cuestión puramente penal, debe aceptarse, para comprobar dicho parentesco, cualquiera de los medios de prueba que establece el derecho.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/314290-527ba8be/parentesco · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 2697/29. Flores Leyte Juan. 22 de enero de 1931. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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