SEDICION.
Conforme al Código Penal del Distrito y Territorios, vigente en Tlaxcala, para que exista el delito de sedición, se requiere como elementos constitutivos: una reunión tumultuosa y que el objeto que persigan los tumultuarios, sea impedir a una autoridad o a sus agentes, el libre ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de una providencia judicial o administrativa; de modo es que si las autoridades no están ejerciendo sus funciones legítimas, ni cumpliendo una providencia judicial o administrativa, falta uno de los elementos necesarios para que exista el delito de sedición.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/314499-f3e52064/sedicion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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