CONTRABANDO.
Cometen este delito, los que importen o exporten mercancías por lugares en que no está autorizado el tráfico internacional o lo hacen clandestinamente, por lugares en que dicho tráfico está autorizado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/314747-43869a59/contrabando · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 2881/27. Galván Ramón y coagraviado. 23 de enero de 1930. Mayoría de tres votos, en cuanto al primer punto resolutivo y los restantes por unanimidad de cuatro votos. Ausente: Enrique Osorno Aguilar. Disidente: Carlos Salcedo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- CONTRABANDO. (s/clave)
- CONTRABANDO. (842)
- CONTRABANDO. (s/clave)
- CONTRABANDO. (s/clave)
- CONTRABANDO, DELITO DE. (s/clave)
- CONTRABANDO, DELITO DE. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis