AUTO DE FORMAL PRISION.
Aun cuando la Suprema Corte ha establecido que el amparo concedido contra un auto de formal prisión sólo debe tener como efecto subsanar las deficiencias de que adolezca esa determinación, esto debe entenderse cuando está perfectamente comprobado el cuerpo del delito, y aparecen indicios de responsabilidad en contra del procesado, y sólo faltan requisitos de forma; más cuando no ha sido comprobado el cuerpo del delito y además, en el procedimiento no existen los elementos necesarios para justificarlo, resultaría absurdo exigir que se llenaran esas deficiencias, porque eso sería colocar a la autoridad responsable en condición de realizar lo que es prácticamente imposible.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/315055-0194407c/auto-de-formal-prision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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