COMPETENCIA.
La Suprema Corte de Justicia ha establecido la jurisprudencia de que la competencia que garantiza el artículo 16 constitucional, no es la jurisdiccional, que debe decidir de acuerdo con las disposiciones de la ley respectiva, y no es juicio de amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/315306-dfc2b7d8/competencia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 973/28. Lesher Alberto F. 29 de junio de 1929. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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