COMPETENCIA CONSTITUCIONAL, PROTECCION DE LA, POR EL JUICIO DE AMPARO.
La Suprema Corte ha establecido en diversas ejecutorias, que solamente la competencia constitucional, o sea, aquella en que se debate la órbita de las atribuciones de los diversos poderes, está protegida por el artículo 16 constitucional, en tanto que la que tiene el carácter de jurisdiccional, debe resolverse no mediante el juicio de garantías, sino en los términos de las leyes aplicables de manera concreta, por lo que la Suprema Corte no puede entrar al estudio de una cuestión que debiendo haberse planteado previamente ante la Junta respectiva, no se planteó.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/378448-1d8a1b97/competencia-constitucional-proteccion-de-la-por-el-juicio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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