JURADO POPULAR.
El hecho de que al verificar la insaculación, no se haga uso de una ánfora, no puede constituir violación sustancial del procedimiento, si no se comprueba que se haya tergiversado el propósito de la ley, que es el de que no salgan para integrar el jurado, los nombres de las personas cuya intervención pueda influir en favor o en contra del inculpado, y tan es así, que tal irregularidad no es encuentra comprendida en la enumeración de las violaciones sustanciales del procedimiento, que hace la Ley de Amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/315472-ab95897b/jurado-popular · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo . León Toral José de. 6 de febrero de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- JURADOS, INSACULACIÓN DE LOS. (s/clave)
- JURADO POPULAR, NO SE PUEDEN ESTUDIAR EN EL AMPARO LAS VIOLACIONES AL PROCEDIMIENTO, COMETIDAS POR EL JUEZ DE LA INSTRUCCION, ANTES DE LA CELEBRACION DE AQUEL. (s/clave)
- SUPLENCIA DE LA QUEJA EN EL AMPARO PENAL (VIOLACIONES AL PROCEDIMIENTO). (s/clave)
- CONCEPTO DE VIOLACION FUNDADO PERO INOPERANTE. VIOLACION AL PROCEDIMIENTO. (s/clave)
- PROCEDIMIENTO PENAL. (s/clave)
- PROCEDIMIENTO, VIOLACIONES AL, EN MATERIA PENAL. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis