AGRESION.
Para que cuando se alega la legítima defensa, exista la condición de que se previó la agresión y se pudo evitarla fácilmente, se requiere no sólo que entre determinados individuos existan disgustos o rencores, sino que alguno de ellos ejecute algún acto que dé a entender su intención de agredir a otro, y, que se compruebe que el agredido pudo fácilmente evitar la agresión, por los medios legales.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/315554-fdf9b5c8/agresion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 1456/22. Gutiérrez Samuel. 5 de marzo de 1929. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Paulino Machorro y Narváez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- LEGITIMA DEFENSA. (s/clave)
- LEGITIMA DEFENSA. (s/clave)
- LEGITIMA DEFENSA. (s/clave)
- LEGITIMA DEFENSA. (s/clave)
- AGRESION. (s/clave)
- AGRESIÓN.- (187)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis