CONCESIONES FORESTALES. SU ASIMILACION A LAS PETROLERAS Y SUS REQUISITOS PARA TRASPASARLAS.
Las concesiones petroleras pueden asimilarse a los forestales por tratarse de explotación de recursos naturales, por tal motivo, es aplicable a estas últimas el criterio de esta Sala sustentado respecto de las primeras, según el cual, el sistema exigido por la naturaleza jurídica de la concesión en cuya virtud se otorga el derecho de realizar determinados trabajos industriales (explorar, explotar, conducir y distribuir, refinar petróleo y sus derivados), pone en presencia del otorgamiento de uno de los llamados "derechos de hacer", los cuales son de carácter personal a la vez que patrimonial, y de ahí que se faculte el traspaso, pero a condición de que lo acepte el otorgante y se cancele el título cedido. De lo cual se infiere que para traspasar una concesión forestal es necesaria la autorización de la Secretaría de Agricultura, como sucede con las concesiones petroleras en que también es necesaria la autorización de la Secretaría de Economía Nacional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/315867-7d9eda78/concesiones-forestales-su-asimilacion-a-las-petroleras-y · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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