REVISION INTERPUESTA POR LAS AUTORIDADES RESPONSABLES, IMPROCEDENCIA DEL RECURSO DE, EN CASOS DE SOBRESEIMIENTO.
Si resulta improcedente la acción de un quejoso en cuanto a los actos de las autoridades responsables, asimismo resultará improcedente, por consecuencia, el recurso de revisión interpuesto por las propias autoridades de acuerdo con lo que previene el artículo 86 de la Ley de Amparo, puesto que las autoridades responsables sólo pueden interponer el mencionado recurso en contra de las sentencias que afectan directamente al acto que de cada una de ellas se hubiese reclamado, y sobreseido el juicio respecto de los actos de las autoridades recurrentes, es indudable que el fallo del juez de Distrito, así reformado, no las afecta.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/316096-d0e4a1d7/revision-interpuesta-por-las-autoridades-responsables-improcedencia-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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