Corpus
Modo: Corpus Pro

BOSQUES, DESTROZO EN LOS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 317294 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 441

Si el dueño de un predio negó haber sido el quien taló u ordenó el corte de árboles en que se hace consistir un destrozo forestal y no esta probada plenamente su responsabilidad, como es necesario que acontezca para que la aplicación de sanciones sea correcta, la circunstancia de que dicho dueño no haya presentado denuncia del destrozo, no constituye presunción de responsabilidad en su contra, ya que la ley no establece que sea suficiente que se encuentren talados algunos árboles en un predio, para establecer la responsabilidad de su dueño, por lo que la omisión de la denuncia no significa que el propietario que la omita sea el autor de un hecho sancionado por la ley.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/317294-7e20bdb3/bosques-destrozo-en-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 1094/54. Esquivias Vera Aureliano. 21 de octubre de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Ponente: Nicéforo Guerrero.

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