EXTRANJEROS, DIVORCIO DE.
Si existe Sentencia Declarativa de divorcio del vínculo matrimonial pronunciado por la autoridad judicial, no obstante las irregularidades que llegare a contener, no puede ser nulificada por la Secretaría de Gobernación, sino que debe estimarse subsistente en tanto no se modifique de acuerdo con los procedimientos establecidos por la Ley; por lo cual no puede privarse a dicha sentencia de la validez jurídica que le corresponde, por la intervención de la autoridad administrativa, sino sólo por la resolución que dicte la autoridad Judicial.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/317686-85b9026d/extranjeros-divorcio-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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