INFORME JUSTIFICADO.
Si las responsables mismas reconocen que los informes justificados no fueron rendidos en los términos del artículo 149 de la Ley de Amparo, fueron ellas y no el sentenciador quienes violaron tal precepto, y si con fundamento en el mismo el Juez de Distrito impuso una multa a las responsables, la Suprema Corte no puede revocar dichas sanciones, por no existir violación de la Ley, por parte del inferior, que justifique revocar su resolución en este punto, y porque entonces la Corte incurriría en violación de la Ley, tanto más grave, cuanto más elevada es la jerarquía del Alto Tribunal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/317822-4d330cd4/informe-justificado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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