MARCAS, REGISTRO DE.
Si el nombre popular con que se conoce un producto, es el mismo de una marca nacional que ampara la denominación de dicho nombre, desde muchos años atrás, cabe concluir que la popularidad de dicha palabra se debe precisamente a la explotación que de dicha marca se ha hecho, pero no funda que se niegue el registro de la misma, ya que de acuerdo con la ley, el dueño es el único autorizado para usar tal denominación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/317871-28a51df8/marcas-registro-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3584/49. Martini and Rossi, S. A. 30 de junio de 1954. Mayoría de tres votos. Disidentes: Nicéforo Guerrero y Alfonso Francisco Ramírez. Ponente: José Rivera Pérez Campos.
Jurisprudencia relacionada
- MARCAS COMERCIALES, REGISTRO DE. (s/clave)
- MARCAS, PROPAGANDA DE LAS, ANTES DE SU REGISTRO. (s/clave)
- MARCAS, LEGALIDAD DEL REGISTRO DE. (s/clave)
- MARCAS, REGISTRO DE. (s/clave)
- MARCAS, REGISTRO DE. (s/clave)
- MARCAS Y NOMBRES COMERCIALES. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis