PERSONALIDAD EN EL AMPARO.
Siendo la personalidad la base esencial del procedimiento, la misma puede ser examinada en cualquier estado del juicio, sin que sea obstáculo para ello el que el inferior no la hubiera rechazado o que encontrándose en revisión el expediente, no se hubiera recurrido en reclamación el acuerdo que dio entrada al citado recurso de revisión.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/318721-1c8607f3/personalidad-en-el-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo 3972/52. Sociedad Cooperativa de Auto- Transportes Santiago Ixcuintla. 18 de febrero de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo CXIV; Pág. 652. Amparo administrativo en revisión 6856/51. Transportes Nacionales del Centro "Estrella Blanca", S. C. L. y coagraviados. 10 de octubre de 1953. Mayoría de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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