CIRCULARES.
Las circulares que se apartan de la ley o de su correcta interpretación, quedan viciadas por su falta de fundamento legal, sin que por esto pueda decirse que se les da efecto retroactivo y, por lo mismo, que no deben parar perjuicios a los agraviados, con su aplicación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/319175-45686f19/circulares · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2839/51. Congeladora Tlalnepantla, S. A. 15 de noviembre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Francisco Ramírez. Relator: Franco Carreño.
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