IMPUESTO AD VALOREM.
El hecho de que el decreto que creó el impuesto ad valorem, encomendó a la Secretaría de Hacienda fijar el precio de las mercancías, no es violatorio de garantías, ya que tal decreto establece que el Ejecutivo será el que señale las bases a que debe sujetarse dicha Secretaría para determinar los mencionados precios, y por lo mismo, la facultad de fijarlos corresponde al Ejecutivo y sólo la realización material está a cargo de la Secretaría de Hacienda.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/319416-19c758b1/impuesto-ad-valorem · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 390/51. García Fernando. 7 de junio de 1951. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.
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