EJIDOS, DEVOLUCION DE.
Es violatoria de garantías la resolución que revoca el acuerdo por el que se ordenó devolver unas tierras dadas a unos ejidatarios, si estos consintieron no solo la devolución, sino la entrega que se les hizo de otra, en compensación por dicha devolución, y la quejosa mantiene la posesión de las citadas tierras.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/319885-d7090d08/ejidos-devolucion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5290/48. Cárdenas Emma. 2 de febrero de 1950. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Alfonso Francisco Ramírez. Ponente: Franco Carreño.
Quinta Epoca:
Tomo CIII, página 3430. Indice Alfabético. Amparo en revisión 744/48. Crédito Colectivo Ejidal de "Sombrerillo", Municipio de Simón Bolívar, Durango. 2 de febrero de 1950. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Mariano Ramírez Vázquez. Ponente: Franco Carreño.
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