ACUMULACION EN AMPARO.
La violación procesal consistente en no acordar la acumulación de dos amparos, no es causa bastante para reponer el procedimiento, ya que no se trata de reglas fundamentales del juicio, sino meramente de fórmulas que no afectan la audiencia o la defensa de las partes, ni las cuestiones intrínsecas de la controversia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/320053-2a5b715e/acumulacion-en-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8912/48. Planta Enlatadora de Carnes de la Unión Regional del Estado de Coahuila. 12 de septiembre de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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