PROFESIONES, RETROACTIVIDAD DE LA LEY DE.
Si la situación jurídica de un extranjero al dictarse la Ley de Profesiones, era la de hallarse ejerciendo la profesión al amparo de un título profesional extranjero, revalidado y registrado en el país, es evidente que tenía un derecho adquirido al ejercicio profesional, dentro del estatuto legal entonces en vigor, y como la prohibición y limitaciones de la nueva ley comprenden no sólo a los extranjeros que en lo futuro pretendan ejercer una profesión, sino también a los que ya venían ejerciéndola, es indudable que las disposiciones discriminatorias y restrictivas, se retrotraen a situaciones concretas anteriores a la vigencia de la ley, y, por tanto, son violatorias del artículo 14 constitucional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/320452-f633937c/profesiones-retroactividad-de-la-ley-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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