MILITARES DEL ESTADO MAYOR, ANTIGÜEDAD DE LOS.
El Decreto de veintitrés de noviembre de mil novecientos treinta y ocho, creó un reglamento para el Servicio de Estado Mayor y establece que los diplomados, al ser graduados, causarán baja en sus respectivas armas, pero conservando su carácter de militares de guerra y en el servicio expresado, en cuyo escalafón ingresaron, con la antigüedad con que efectivamente se diplomaron, pero no deroga la disposición anterior sobre escalafón y antigüedad, ya que se deben observar en cuanto han creado situaciones de derechos, pues de lo contrario se desconocerían éstos, en forma retroactiva, como sucede en el caso en que se desconoce el derecho de antigüedad de un militar por el solo hecho de haber entrado a la escuela superior de guerra.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/320596-65a9bdb7/militares-del-estado-mayor-antiguedad-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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