PERDIDAS, IMPUESTOS EN CASO DE.
El artículo 18 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, no releva a las sociedades de la obligación legal de reponer y pagar el impuesto del ocho por ciento sobre dividendos, por las utilidades no distribuidas y aplicadas a reponer parte del déficit del capital de ejercicios anteriores.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/321143-0d95bd60/perdidas-impuestos-en-caso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7172/46. Compañía Urbanizadora, S.A. 6 de febrero de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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