INFORME JUSTIFICADO, FALTA DE APRECIACION DEL.
La autoridad responsable, de acuerdo con el dispositivo de la fracción II del artículo 5o. de la Ley de Amparo, tiene el carácter de parte en el juicio constitucional; por consiguiente, la circunstancia de que el Juez de Distrito no tome en debida cuenta el informe justificado y constancias que aquélla remitió, trae como consecuencia que esa omisión esté comprendida en la hipótesis de reposición de procedimiento a que alude la parte final del artículo 93 de la ley de la materia, para el efecto de que el juzgador tome en consideración el informe aludido y las constancias con que se acompañó, y dicte la sentencia que corresponda.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/321780-e53909f5/informe-justificado-falta-de-apreciacion-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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