TRANSITO MARITIMO, OBLIGACIONES DE LOS CAPITANES.
El artículo 57 de la Ley Aduanal deja ver con claridad que la mente de esa disposición no es otra que la de equipar las obligaciones y derechos de los capitanes como porteadores, a las de los consignatarios, estableciendo una especie de solidaridad entre ambos respecto de unas y otros.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/321969-370f82ec/transito-maritimo-obligaciones-de-los-capitanes · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 253/43. Petróleos Mexicanos. 6 de mayo de 1946. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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