FUNCIONARIOS DE ELECCION POPULAR, REMOCION DE LOS.
No es el Poder Judicial Federal el avocado a conocer, a través de la vía de amparo, de los problemas que se suscitan con motivo de la remoción de funcionarios que desempeñan cargos de elección popular, ni aun tratándose de los derechos patrimoniales que de tales cargos se derivan.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/322115-6be2cc06/funcionarios-de-eleccion-popular-remocion-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 9047/45. Castro J. Medardo y coags. 1o. de febrero de 1946. Unanimidad de cinco votos. Relator: Franco Carreño.
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