FUNCIONARIOS DE ELECCION POPULAR.
La suspensión de los funcionarios de elección popular, causa perjuicios a la sociedad y al Estado, que están interesados en que dichos funcionarios ejerzan su funciones legales.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/289757-740b9ad5/funcionarios-de-eleccion-popular · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto de suspensión. Imaz Baume Arturo y coagraviados. 21 de marzo de 1919. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: José M. Truchuelo, Enrique García Parra y Agustín Urdapilleta.. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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