FUNCIONARIOS DE ELECCION POPULAR, REMOCION DE.
No es el Poder Judicial Federal el avocado a conocer, a través de la vía de amparo, de los problemas que se susciten con motivo de la remoción de funcionarios que desempeñan cargos de elección popular ni aun tratándose de los derechos patrimoniales que de tales cargos se derivan.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/322439-e178e9bd/funcionarios-de-eleccion-popular-remocion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3287/45. Carrola Antuna Enrique. 23 de agosto de 1945. Mayoría de tres votos. Ausente: Octavio Mendoza González. Disidente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- FUNCIONARIOS DE ELECCION POPULAR, REMOCION DE LOS. (s/clave)
- FUNCIONARIOS DE ELECCION POPULAR, IMPROCEDENCIA DEL AMPARO CONTRA LA REMOCION DE LOS. (s/clave)
- DERECHOS POLITICOS (s/clave)
- FUNCIONARIOS DE ELECCION POPULAR. (s/clave)
- FUNCIONARIOS DE ELECCION POPULAR, CESE DE LOS. (s/clave)
- FUNCIONARIOS DE ELECCION POPULAR. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis