HOTELES, CLAUSURA DE, POR LENOCINIO.
El oficio del procurador del Distrito Federal al Departamento Central, solicitando la cancelación de la licencia expedida para el funcionamiento de un hotel, en virtud de haber tenido conocimiento de que en él se cometía el delito de lenocinio, es la prueba plena, en cuanto a lo que en él se dice, pero no puede hacer fe por lo que se refiere a que en el hotel dicho se haya venido cometiendo el delito, pues para que esto se admita, es necesario que el Departamento Central compruebe la existencia de él, por tanto, la orden de clausura dictada por este último, es violatorio de garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/322603-545b3e5c/hoteles-clausura-de-por-lenocinio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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