INFORME PREVIO, RECIBIDO EL MISMO DIA DE LA AUDIENCIA, VALIDEZ DEL.
No es de tomarse en cuenta el alegato en el sentido de que los informes rendidos por unas autoridades responsables, se recibieron después de la hora señalada para la audiencia, si los sellos de recibo son de la misma fecha de celebración de la expresada audiencia y de los dos que se fijaron en el documento, el que aparece con autorización manuscrita, señala determinada hora (9:12), y habiendo el inferior hecho referencia a ellos en su resolución, es claro que llegaron en los momentos de iniciarse el acto y todavía con la oportunidad correspondiente al caso, máxime, que la practica seguida es la de esperar por breves instantes, para empezar la celebración de la audiencia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/324637-53ead0c9/informe-previo-recibido-el-mismo-dia-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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