PARCELAS, SUCESORES DE LOS ADJUDICATARIOS DE LAS.
Debe concederse el amparo al quejoso, contra la orden para que se ponga a otra persona en posesión de unas parcelas, como sucesor de un ejidatario, pues aunque las responsables sostengan que sus actos se encuentran legalmente fundados, en virtud de que del Registro Nacional Agrario, se desprende que a quien corresponde la propiedad de esas parcelas es a esa persona, por voluntad del adjudicatario original, debe decirse que aunque para justificar tales actos reclamados se acompañó copia certificada que acredita la existencia del registro, señalando a la aludida persona como el sucesor, tal circunstancia no funda el procedimiento seguido para quitar la posesión de que disfruta el quejoso, máxime si de las constancias de autos aparece que a la muerte del ejidatario y en presencia de las autoridades agrarias y judiciales del lugar, aquél designó como sucesor al propio quejoso, y además, se acreditó que el repetido quejoso dependía económicamente de dicho ejidatario y que ha venido poseyendo y cultivando las parcelas por un tiempo considerable.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/324718-6d16afc5/parcelas-sucesores-de-los-adjudicatarios-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- DERECHOS AGRARIOS, FALTA DE INTERES JURIDICO DE LOS HEREDEROS DESIGNADOS. (s/clave)
- DERECHOS PARA POSEER LA PARCELA. SI EXISTEN SUCESORES, EL ACTA DE ASAMBLEA DE EJIDATARIOS NO LOS ACREDITA. (XX.1o.41 A )
- AMPARO AGRARIO IMPROCEDENTE, SI EL QUEJOSO NO ACREDITA EL INTERES JURIDICO PARA RECLAMAR UN DERECHO SUCESORIO. (s/clave)
- AGRARIO PARCELA EN DISPUTA. (s/clave)
- AGRARIO. POSESION DE PARCELAS. DEBE RESPETARSE. SU PRIVACION REQUIERE DE QUE SE OIGA PREVIAMENTE EN DEFENSA AL INTERESADO. (s/clave)
- SUCESIONES EN MATERIA AGRARIA. LA TRANSMISIÓN DE DERECHOS OPERA EN FAVOR DEL SUCESOR PREFERENTE DESIGNADO POR EL TITULAR, DESDE EL MOMENTO DE LA MUERTE DE ÉSTE.- (99)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis