Corpus
Modo: Corpus Pro

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, REVISION A NOMBRE DEL.

Clave: — · Registro digital (IUS): 324899 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 2885

Como los jefes de los departamentos administrativos no pueden interponer revisión a nombre del presidente de la República, en virtud de que el artículo 19 de la Ley de Amparo disponía que las autoridades no pueden ser representadas en los juicios de amparo sin excepción de ninguna especie, debe desecharse el recurso de revisión que interpuso el jefe del departamento agrario, a nombre de dicho jefe del Ejecutivo, por haberse hecho esto con anterioridad a la reforma del mencionado artículo 19.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/324899-518bb53e/presidente-de-la-republica-revision-a-nombre-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 7240/42. López Negrete Angel.- 6 de mayo de 1943.- Unanimidad de cinco votos. Relator: Gabino Fraga.

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