Corpus
Modo: Corpus Pro

CADUCIDAD DE LA INSTANCIA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 325263 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 3670

La negativa a declarar caduca una instancia, aunque realmente lo sea, no puede reclamarse anticipadamente a la sentencia definitiva, porque tal negativa constituiría una violación irreparable en la propia sentencia; por consiguiente, el interesado debe reclamar con la oportunidad debida, la reparación del agravio y protestar, en su caso, contra la sentencia que niegue tal reparación, reservándose promover la controversia constitucional cuando, dictada la sentencia definitiva, la autoridad le imponga en ella una molestia en su persona o patrimonio.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/325263-8235228e/caducidad-de-la-instancia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 6223/41. Compañía Vidriera de Toluca, S. A. 11 de febrero de 1943. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Gabino Fraga no intervino en la votación de este asunto por las razones que constan en el acta del día. Relator: Franco Carreño.

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