TRIBUNAL FISCAL, CALIFICACION DE LOS DICTAMENES PERICIALES POR LAS SALAS DEL.
Es correcta la sentencia de un Juez de Distrito que conozca que determinada Sala del Tribunal Fiscal, se ajustó a la facultad que, al efecto, le confiere el artículo 201 del Código Fiscal de la Federación, que la autoriza a calificar el valor probatorio de los dictámenes periciales, según las circunstancias; indicando además, que aunque la resolución de la responsable no exprese otras circunstancias, declara que es la opinión de la mayoría de los peritos, siendo uno de ellos el tercero en discordia, razón suficiente para que tratándose de una cuestión técnica, se hubiera inclinado el juzgador a aceptar esa mayoría, sin hacer el análisis de la materia, que necesita de conocimientos especiales y que por ello se recurre a la opinión de peritos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/325875-516323b4/tribunal-fiscal-calificacion-de-los-dictamenes-periciales-por · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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