MARCAS, AGRAVIOS EN LA APELACION CONTRA LA SENTENCIA DICTADA EN EL PROCEDIMIENTO DE REVOCACION DE LAS.
Si en la apelación, la parte interesada se concreta a expresar como agravio lo siguiente: "al confirmar por sus propios fundamentos la resolución del Departamento de la Propiedad Industrial... ... nos causa agravio en general, la sentencia del inferior, puesto que incurre en las mismas violaciones e inexactitudes de que adolece la resolución administrativa que dió motivo al juicio de oposición", es correcto el fallo que deseche tal agravio, ya que no reúne los requisitos señalados por el artículo 436 del Código Federal de Procedimientos Civiles, que establece: "El apelante expondrá, dentro de seis días, los agravios que en su concepto le causa la resolución apelada, expresando sucintamente los puntos de hecho y de derecho en que se funde cada agravio".
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/325948-5eb8bf1a/marcas-agravios-en-la-apelacion-contra-la-sentencia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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