MILITARES, LICENCIAS EXTRAORDINARIAS A LOS.
Si se reclama la forma en que se concedió una licencia extraordinaria, para los efectos de la suspensión, no puede considerarse el acto como consumado, pues aunque la resolución esté ya pronunciada, la medida procede contra sus efectos posteriores, tanto más, si la licencia no había empezado a correr y los efectos de la suspensión son que el quejoso siga perteneciendo al ejército y prestando sus servicios, y es indudable que el sueldo que devengue no estará obligado a devolverlo aun en el caso de que pierda el juicio de amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/326479-5ae6bb16/militares-licencias-extraordinarias-a-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- MILITARES, SUSPENSION TRATANDOSE DE PAGO DE HABERES A LOS. (s/clave)
- MILITARES, GRATIFICACIONES A LOS. (s/clave)
- MILITARES, SUSPENSION CONTRA LA ORDEN DE QUE NO SE LES PAGUE. (s/clave)
- MILITARES, SUSPENSION CONTRA EL ACUERDO DE BAJA DE LOS. (s/clave)
- MILITARES, REPOSICION EN SUS PUESTOS. (s/clave)
- MILITARES, HABERES DE LOS, SUSPENSION TRATANDOSE DE. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis