IMPUESTO, ES DE INTERES PUBLICO.
El impuesto, cualquiera que sea su objeto, es de interés público, y el mismo carácter tienen en general las leyes que lo establecen y reglamentan y que no pueden ser renunciadas por los particulares, puesto que la ley civil dice: "no tiene eficacia alguna la renuncia de las leyes en general, ni la especial de las leyes prohibitivas o de interés público".
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/327040-c94dadad/impuesto-es-de-interes-publico · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 1682/41. Garza Evia viuda de Martínez Ancira Luz, sucesión de. 22 de enero de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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