SALINAS, CUANDO SON NACIONALES.
De acuerdo con el artículo 27 constitucional, unas salinas son nacionales cuando se forman directamente por las aguas del mar. Ahora bien, tomando el vocablo "directamente" en el sentido natural, debe estimarse que son nacionales de salinas bañadas en tiempo de mareas por una laguna que está en contacto con el mar, pues dicho baño no tiene lugar por voluntad del hombre, sino por las condiciones atmosféricas existentes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/328528-32537e14/salinas-cuando-son-nacionales · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3336/39. López de Rivera Guillermo y coagraviados. 25 de marzo de 1941. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- SALINAS. (s/clave)
- SALINAS, NATURALEZA DE LAS. (s/clave)
- SALINAS FORMADAS DIRECTAMENTE POR AGUAS MARINAS. (s/clave)
- SALINAS, NO PROCEDE CONCEDER LA SUSPENSION EN CASO DE NACIONALIZACION DE. (s/clave)
- SALINAS, NO PROCEDE CONCEDER LA SUSPENSION EN CASO DE NACIONALIZACION DE. (s/clave)
- AGUAS NACIONALES. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis