IMPUESTO PREDIAL, AVALUOS PARA DETERMINARLO.
De los artículos 28 de la Ley del Impuesto Predial y 54 de su reglamento, vigentes en el Distrito Federal, se desprende que el avalúo de las construcciones debe fijarse exclusivamente en relación con su estado de conservación, y que el factor "desuso", en nada puede influir para disminuir dicho avalúo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/328757-d17e1a81/impuesto-predial-avaluos-para-determinarlo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 96/40. Compañía Explotadora de Fincas y Terrenos, S. A. 29 de noviembre de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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