FACULTAD ECONOMICO COACTIVA EN VERACRUZ.
De las diversas disposiciones que contiene la ley que reglamenta el ejercicio de la facultad económico coactiva en el Estado de Veracruz, se desprende que los procedimientos de coacción deben enderezarse contra la persona que aparezca como propietaria de los bienes que deben responder del pago de los impuestos causados e insolutos; por tanto, no puede decirse que las autoridades respectivas violen las garantías individuales de quien no aparece en el Registro Público de la Propiedad, como propietario del inmueble objeto del procedimiento coactivo, al no darle intervención en ese procedimiento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/328870-9e12795e/facultad-economico-coactiva-en-veracruz · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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