AGRAVIOS.
Los agravios que conforme a la ley deben hacerse valer en la revisión, consisten en los perjuicios que a las partes ocasionen las sentencias de los Jueces de Distrito, por el error o la ilegalidad de los fundamentos del fallo, o bien por inexacta apreciación de los hechos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/328977-d85ad9d9/agravios · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4390/39. Feria Hernández Vicente. 14 de agosto de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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