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Modo: Corpus Pro

SALUBRIDAD, RECURSO DE REVISION EN MATERIA DE (LEGISLACION DE YUCATAN).

Clave: — · Registro digital (IUS): 329012 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 2511

De los términos del artículo 289 del Código Sanitario del Estado de Yucatán, que establece el recurso de revisión contra los acuerdos de la Juntas de sanidad y del jefe del departamento de sanidad, se advierte que dicho recurso no es idóneo para combatir la falta de audiencia del interesado; por tanto, si es esta violación la reclamada en el amparo, éste no puede estimarse improcedente por no haberse agotado previamente el medio de defensa aludido.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/329012-41275d86/salubridad-recurso-de-revision-en-materia-de-legislacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 6165/39. Hernández Lope Silvio. 22 de agosto de 1940. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Gómez Campos.

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