ENSEÑANZA, SUSPENSION IMPROCEDENTE CONTRA LEYES EN MATERIA DE.
Es improcedente conceder la suspensión contra la aplicación de las leyes que reglamentan la materia de educación por no surtirse los requisitos establecidos por la fracción II del artículo 124 de la Ley de Amparo, ya que dichas leyes son de orden público y en su cumplimiento está interesada la sociedad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/329206-f10bca03/ensenanza-suspension-improcedente-contra-leyes-en-materia-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 7609/39. Rodríguez C. Angel y coagraviados. 3 de abril de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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