LEYES, SUSPENSIÓN CONTRA LAS.-
Si bien las leyes, en general, tienden a mantener la coexistencia de los derechos de los particulares en sus relaciones con el poder público, no es posible concluir que la suspensión contra las leyes sea improcedente, puesto que no todas afectan directamente al orden público, único caso en que no se satisface la exigencia del artículo 124, fracción II, de la Ley de Amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/902499-d11d2f38/leyes-suspension-contra-las-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo.-Revisión del auto de suspensión 1893/47.-Cámara Nacional de Comercio de Tierra Blanca, Ver.-21 de julio de 1947.-Cinco votos.-La publicación no menciona el nombre del ponente.
Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo XCIII, página 794, Segunda Sala.
Jurisprudencia relacionada
- LEYES, SUSPENSION CONTRA LAS. (s/clave)
- SUSPENSION IMPROCEDENTE. (s/clave)
- EJECUCION DE SENTENCIAS DE AMPARO. (s/clave)
- SUSPENSION. (1047)
- SUSPENSION. (1145)
- SUSPENSIÓN. (926)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis