REMATES FISCALES, EFECTOS DE LA FALTA DE NOTIFICACION DEL AUTO QUE ORDENA REMITIR EL EXPEDIENTE PARA REVISION DE LOS (LEGISLACION DE VERACRUZ).
De acuerdo con los artículos 33, 40 y 41 de la ley económico coactiva del Estado de Veracruz, los afectados por el ejercicio de esa facultad, tiene el derecho de objetar el procedimiento de apremio o de hacer el pago del adeudo fiscal, para obtener la liberación de sus bienes; pero para ejercitar esos derechos, es requisito indispensable que se les notifique la providencia que manda el expediente para su revisión a la Tesorería General del Estado, en los términos del artículo 40 de la ley citada por lo que, de no hacerse dicha notificación, se viola este último precepto, y por ende, el artículo 14 constitucional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/329514-45893944/remates-fiscales-efectos-de-la-falta-de-notificacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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