SUSPENSION, FALLO DE LA, SIN EL INFORME DE LA AUTORIDAD.
La irregularidad consistente en que la audiencia en el incidente de suspensión, se celebró prematuramente, no puede causar a la autoridad responsable agravio alguno, en términos que ameriten la revocación del fallo, si de todas maneras no podrá tenerse en cuenta el informe de la responsable, porque ninguno lo rindió.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/330366-aadd9e1b/suspension-fallo-de-la-sin-el-informe-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 620/39. Murillo Aguilera Antonio y coagraviado. 22 de junio de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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